Carmen Jover, Profesora del Dpto. de Finanzas, Contabilidad y Control
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No hay duda que la fiscalidad es un instrumento que garantiza el “contrato social constitucional” que permite a todos los ciudadanos acceder a los servicios públicos, entre ellos a una sanidad pública, universal y gratuita, que ha tenido una gran importancia en estos momentos de crisis sanitaria. Una idea firmemente defendida por la Ministra de Hacienda, la Sra. Montero.
A principios de este 2022, el Ministerio está a la espera del informe de expertos independientes sobre la próxima reforma fiscal que planteará las reformas que debe acometer el gobierno en materia impositiva, y de la que hasta el momento, el Ministerio no conoce las líneas maestras de la reforma, ya que se ha dejado total libertad a los miembros de dicho comité.
Si hay un tema que cree consenso entre los expertos es en la necesidad de renovar el sistema tributario para adaptarlo a la realidad económica y social
Dicho comité de expertos está trabajando en tres pilares fundamentales de la próxima reforma fiscal, como son la tributación del impuesto sobre sociedades, la fiscalidad de la economía digital y las actividades emergentes y la tributación de la riqueza.
En cuanto a la reforma del impuesto sobre sociedades, Montero ha defendido que está en línea con los nuevos pilares planteados por la OCDE, de tributación mínima global del impuesto sobre sociedades de un 15%.
Otro de los planes de reforma del gobierno es el de la nueva fiscalidad medioambiental, que según el Ministerio, no está pensada ni en nuestro país ni en el conjunto internacional, con un afán recaudatorio, sino para incentivas medidas respetuosas con el medio ambiente. Todo ello con el objetivo de cambiar la conducta de las empresas y los ciudadanos y aumentar el respecto por el medio ambiente.
Si hay un tema que cree consenso entre los expertos es en la necesidad de renovar el sistema tributario para adaptarlo a la realidad económica y social.
Debe abordarse tanto una reforma a nivel nacional como internacional del impuesto sobre sociedades. A nivel internacional, en el caso de empresas multinacionales con un determinado nivel de facturación, deberían tributar una parte de su beneficio en el país donde se prestan sus servicios, a pesar de no disponer en el mismo de un establecimiento permanente, y en segundo lugar alcanzar una tributación mínima global del 15%. A nivel nacional, en el impuesto actual deben modificarse determinados aspectos, como eliminar la limitación de deducción de gastos financieros, eliminar la limitación de compensación de bases imponibles, alcanzar otra vez la exención del 100% de dividendos y ventas de participaciones de entidades de las que se cumplen determinados requisitos; así como revisar en profundidad el sistema de pagos fraccionados.
Debe abordarse la tributación medioambiental, y reunificar la normativa que ahora se encuentra dispersa y diversa en función de la normativa propia de cada CCAA
Debe abordarse la tributación medioambiental, y reunificar la normativa que ahora se encuentra dispersa y diversa en función de la normativa propia de cada CCAA.
Otro de los puntos que deben tratarse es la tributación de la riqueza, sobretodo en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto sobre sucesiones y donaciones. En cuanto al Impuesto sobre el Patrimonio debe replantearse su existencia, ya que somos el único país europeo en el que sigue vigente, es un impuesto anacrónico que no consigue el objetivo pretendido que es la distribución de la riqueza.
En cuanto al Impuesto sobre sucesiones, debe analizarse las grandes diferencias entre CCAA y determinar si el gobierno debe introducir reformas que unifiquen en cuanto al máximo y/o mínimo a tributar, para evitar movimientos de personas por motivos fiscales dentro de un mismo país.
Hace falta un sistema tributario eficiente, claro y sencillo, un sistema tributario global, moderno y eficiente
Finalmente, se debe plantear cual debe ser el tipo máximo del impuesto sobre la renta. Recordemos que a partir de la declaración del 2021, algunas CCAA alcanzarán un tipo máximo del 50%. Hace unos años los Tribunales en Alemania sentenciaron que un tipo marginal a partir del 50% tenía la consideración de confiscatorio. No obstante, en los años posteriores a la crisis inmobiliaria, en Catalunya se alcanzó un marginal máximo del 56%. Se consideró que tipos marginales tan elevados desincentivan la inversión, y la generación de riqueza que es el motor básico para continuar con el estado de bienestar que todos pretendemos.
Hace falta conseguir un sistema tributario más eficiente, claro y sencillo, para conseguir una fácil aplicación, una reducción de la conflictividad y alcanzar la seguridad jurídica necesaria para un sistema tributario global, moderno y eficiente.