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Apostar por la eficiencia energética desgrava en el IRPF

26 Abril - 2022
Panells solars

Marc Oliveras
Profesor del Máster Universitario en Dirección Financiera y Contable
Profesor del Departamento de Finanzas, Contabilidad y Control
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En plena campaña de declaración de la renta, este año podemos encontrar una de las novedades más significativas con respecto a la vivienda y el medio ambiente. En línea con las políticas públicas pensadas para promocionar la reducción de la contaminación y la apuesta por la sostenibilidad, el Real Decreto Ley 19/2021 se ha impulsado con el objetivo de que las personas puedan deducirse entre un 20% y un 60% por obras de mejora energética realizadas en su vivienda habitual. 

Sin embargo, aunque pueda parecer una medida muy beneficiosa para la ciudadanía, hay varios aspectos a tener en cuenta. Es muy importante entender que la finalidad principal de la medida es favorecer la transformación de los hogares actuales hacia viviendas más eficientes en términos energéticos.

La campaña de la renta de este año permitirá deducir entre un 20% y un 60% por obras de mejora energética en la vivienda

Uno de los principales escollos es el hecho de que todas las categorías de deducciones deberán de ir acompañadas de un certificado energético previo y posterior, con una separación máxima de dos años. Esto implica que las personas interesadas en el trámite deberán ser conocedoras de la normativa con anterioridad para poder preparar el papeleo. Además, solo el coste del certificado oscila entre los 50 y los 120 euros, según los metros cuadrados de la vivienda. 

Categorías deducibles en materia de eficiencia energética

Antes de entrar a detallar cada una de las categorías de deducciones, hay que apuntar que son incompatibles las unas con las otras. Es decir, el contribuyente solo se podrá acoger a una de ellas, aunque cumpla más de una. 

  • Deducción por obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración

La primera categoría, la más sencilla de lograr, es la deducción por obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración, que supone un 20% de deducción y un máximo de 5.000 euros. Para obtenerla, las obras de rehabilitación deben haberse realizado en la vivienda habitual del solicitante o en una vivienda arrendada para su uso como tal antes del 31 de diciembre de 2022. Ahora bien, si la propiedad (total o parcial) se destina a actividades comerciales, garaje, parques o jardines, no se podrá deducir la obra. Para poder hacerlo, será necesario justificar mediante el certificado de eficiencia energética una reducción de la demanda de calefacción y refrigeración de, como mínimo, el 7%.

  • Deducción por obras de mejora en el consumo de energía primaria no renovable

La segunda categoría, la deducción por obras de mejora en el consumo de energía primaria no renovable, tiene como objeto de deducción los mismos condicionantes de vivienda que la categoría anterior. Sin embargo, en este caso, hay que justificar, como mínimo, un 30% de reducción en el indicador de consumo de energía primaria no renovable u obtener una calificación de clase A o B en el certificado energético. Esta opción, no obstante, ofrece una deducción más elevada, de hasta el 40%, y un máximo de 7.500 euros. 

El contribuyente solamente podrá acogerse a una de las tres categorías deducibles, aunque cumpla los requisitos de más de una

  • Deducción por obras de rehabilitación energética

La última categoría ofrece un porcentaje más elevado de deducción, alcanzando hasta el 60%, pero con un máximo de 5.000 euros. Ahora bien, incluye una variante por lo que respeta al objeto de las obras, ya que también se pueden deducir obras en párquings y trasteros. Para conseguirla hay que justificar un mínimo de un 30% de reducción en el indicador de consumo de energía primaria no renovable u presentar una calificación de clase A o B en el certificado energético, como en el caso de la segunda categoría. Mientras que el cuerpo principal de esta categoría es muy similar a la anterior, hay ciertas especificaciones que marcan la diferencia. Por un lado, el periodo de realización de las obras, que mientras en los casos de la primera y segunda categoría se concentran del 6 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2022, en este caso se alargará hasta el último día de 2023. La diferencia más importante es que, pese a tener un máximo de 5.000 euros de base, esta limitación es anual y, por tanto, durante los cuatro años siguientes también se podrá deducir esta cifra, hasta un máximo acumulado de 15.000 euros. 

En este sentido, analizadas las distintas categorías de deducción, se puede afirmar que apostar por la eficiencia energética en los hogares, desgrava. Sin embargo, no es tan sencillo como parece, sino que hay que ser muy cuidadoso con los plazos y las solicitudes de los distintos certificados para poder acreditar de forma correcta el gasto a deducir. 

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